BAJA LABORAL POR ACCIDENTE DE TRÁFICO ¿QUÉ ES?
Cuando las lesiones que se sufren en un accidente impiden al accidentado desarrollar su actividad laboral habitual, entran en juego tres conceptos jurídicos claramente diferenciados: la baja laboral por accidente de tráfico, la incapacidad temporal y la incapacidad permanente.
Estos tres conceptos significan que el accidentado tiene derecho, por un lado, a percibir íntegramente su salario durante los días de baja laboral (BAJA LABORAL POR ACCIDENTE DE TRÁFICO) y, por otro lado, y además, derecho a percibir una indemnización por cada uno de los días en los que ha estado impedido de realizar sus ocupaciones habituales, ya sean ocupaciones laborales o de carácter personal o familiar (INCAPACIDAD TEMPORAL) y una indemnización por las secuelas permanentes o lesiones irreversibles que puedan quedar tras el accidente (INCAPACIDAD PERMANENTE).
La incapacidad temporal es mucho más que la baja laboral por accidente de tráfico
A la hora de determinar qué indemnización me corresponde por INCAPACIDAD PERMANENTE se atiende al número de días en los que el accidentado ha estado impedido de realizar sus tareas habituales, al tiempo que ha tardado en curarse de las lesiones y, en su caso, a los días de hospitalización.
En consecuencia, los días de baja laboral se tendrán en cuenta a la hora de determinar la indemnización considerándose como días impeditivos y se valorarán atendiendo no sólo a la cuantía del salario del accidentado.
Los días impeditivos se vienen indemnizando actualmente en torno a los 59 euros diarios. Se debe destacar que en muchas ocasiones el alta laboral se produce antes de que el accidentado se haya recuperado del todo.
Pues bien, en estos casos, el período en que la víctima siga impedido de realizar sus tareas habituales, aunque sí pueda cumplir sus obligaciones laborales, se debe seguir considerando días impeditivos e indemnizar como tal.
Por último, los días en que el accidentado requiere tratamiento pero no está impedido de realizar sus tareas habituales se consideran DÍAS NO IMPEDITIVOS y se indemnizan con una reducción del 50 % respecto de los días impeditivos.
La baja laboral por Accidente e tráfico no impide elegir el centro sanitario de tratamiento
El lesionado de tráfico tiene el derecho de elegir libremente el Centro Sanitario donde va a recibir el tratamiento médico. En ningún caso se le puede imponer por la Mutua Laboral o por la compañía aseguradora del vehículo responsable del accidente.
LA BAJA LABORAL POR ACCIDENTE DE TRÁFICO NO COINCIDE CON LA INCAPACIDAD TEMPORAL
Cuando hablamos de baja laboral por accidente de tráfico es muy importante aclarar que el concepto de incapacidad temporal no es el tiempo de baja laboral; éste es un factor que se indemniza independientemente.
Muchas veces las compañías aseguradoras identifican estos dos factores en sus propuestas de valoración, sobre todo en casos en los que la víctima tiene un salario bajo o no recibe ningún salario por encontrarse en paro.
Sin embargo, en estos casos también hay derecho a percibir una indemnización por el tiempo en que el accidentado no pudo dedicarse a sus ocupaciones habituales.
Así pues, es importante subrayar que la indemnización por Incapacidad temporal se aplica a cada uno de los días en los que el accidentado ha estado recuperándose de sus lesiones y no a los días en los que ha estado de baja en el trabajo.
Es habitual que el accidentado reciba el alta laboral pero tenga necesidad de seguir recibiendo algún tipo de tratamiento para recuperarse totalmente de las lesiones sufridas en el accidente.
Para calcular la indemnización por un accidente de tráfico habrá que determinar el período real de curación, los días de hospitalización y los días en los que lesionado ha estado impedido para realizar sus tareas habituales durante el período de curación.
CÓMO INFLUYEN LOS DÍAS DE BAJA LABORAL POR ACCIDENTE DE TRÁFICO
Los días de baja por accidente de tráfico son días impeditivos, por lo que se percibirá una cantidad de 59 Euros por cada uno de los días de baja laboral. Esta cantidad se eleva a 70 Euros por cada día de hospitalización. Por último, se viene asignando la cantidad de 31 Euros por cada día de recuperación que no impidan al accidentado realizar sus tareas habituales.
¿Qué es día de baja impeditivo o no impeditivo?
Para empezar, definiremos qué es día de baja impeditivo: “Se entiende por día de baja impeditivo aquél en que la víctima está incapacitada para desarrollar su ocupación o actividad habitual.”
Esto influye en los días de baja laboral, ya que el día de baja impeditivo no tiene por qué suponer un día de baja laboral necesariamente. La actividad laboral suele formar parte de la actividad habitual de una persona y su impedimento de realización de su trabajo es lo que hace el día de baja como día impeditivo.
Actualmente existe una gran dilema a la hora de determinar cuando estamos ante un día de baja impeditivo o no, este dilema que tiene especial relevancia en el ámbito económico, ya que la valoración monetaria del día impeditivo es muy superior a la del día no impeditivo (58,41€ del día impeditivo, por los 31,43€ del día no impeditivo). Así que es bastante relevante.
Dichos tipos de baja no son excluyentes, es decir, una persona puede haber estado 5 días hospitalizado (días de baja hospitalaria), 70 días incapacitado para su trabajo o tareas habituales (días de baja impeditivos), y 30 días recibiendo tratamiento médico para terminar de sanar de lesiones que no le impidan realizar sus tareas habituales (días no impeditivos).
Cuando hablamos de días de baja impeditiva hablamos de una baja médica estricta que impide realizar el trabajo o las tareas habituales y que no tiene porqué coincidir con el concepto de baja laboral. Un jubilado, un desempleado o un ama de casa
La baja no impeditiva trata de lesiones con necesidad de tratamiento médico pero no incapacitan para trabajar o realizar las tareas habituales. Puede realizar su trabajo pero necesita seguir recibiendo tratamiento para la cura de sus lesiones.
¿Es necesario pedir la baja laboral para recibir una indemnización al sufrir un accidente?
La baja laboral no es necesaria para recibir una indemnización. No obstante, las cantidades que se pueden recibir de la compañía de seguros si se pide o no la baja laboral por accidente de tráfico suelen ser distintas.
En este sentido, lo que indica la Ley de Tráfico es que los días de sanidad, es decir, los que la persona tarda en curar las lesiones, pueden dividirse en tres grupos:
- Días de hospitalización: son aquéllos en que el accidentado está ingresado en un centro hospitalario. Conllevan baja laboral por accidente de tráfico, y según el baremo de accidentes del año 2014 cada día de esta categoría se indemniza con 71,84 €
- Días impeditivos: son aquellos días en que la persona no puede realizar sus ocupaciones habituales (trabajar, estudiar, hacer las labores del hogar…). Y tienen una indemnización diaria de 58,41 €
- Días no impeditivos: son los días en los que el lesionado continúa recibiendo tratamiento médico, pero ya puede realizar las actividades básicas de su día a día. Se indemnizan con 31,43 €/ día
En este sentido, hay que tener en cuenta que de cara a una indemnización por accidente a los días de baja laboral habrá que sumar otros conceptos como:
- Gastos de farmacia
- Gastos de desplazamiento a consultas médicas y rehabilitación (facturas de taxis, etc., debidamente justificados los gastos y la necesidad del medio de transporte)
- Secuelas funcionales o estéticas (si las hubiera) y factores de corrección vinculados a las mismas
CONSEJOS PARA RECLAMAR TU INDEMNIZACIÓN
Si has pasado por un accidente de tráfico y no sabes como reclamarlo, lee los siguientes consejos que te damos:
Demostrar culpabilidad
Reúne pruebas para acreditar la responsabilidad por parte del otro interviniente del accidente. Si ha sido tuya, no podrás reclamar indemnización alguna. Para ello:
- Puedes aportar pruebas como el parte amistoso firmado por ambos donde se reconoce la culpa, o parte de accidente elaborado bien por la Policía o por la Guardia Civil.
- Fotografías, testigos o cualquier otros datos, serán valiosos para abalar el accidente.
Probar daños
Una vez haya sido demostrada la culpa por parte del otro conductor, es momento de proceder a probar los daños y perjuicios que has sufrido.
Estos daños que pueden ser tanto personales como materiales, los podrás acreditar con la documentación necesaria: informes médicos, facturas, fotos, etc.
Posteriormente, estos documentos recaudados, deberán enviarse a la compañía aseguradora para que sean valorados, y en base a estos, se emitirá una oferta de indemnización.
Es conveniente que sepas que si has sufrido lesiones, la reclamación no podrá empezar hasta que hayas recibido el alta.
A la hora de conocer la indemnización a la que tenemos derecho por accidente de tráfico, debemos contar con el asesoramiento de abogados especialistas para conseguir la máxima indemnización y asegurarnos de que no perdemos derechos de los lesionados por accidente de tráfico por falta de conocimiento o de asesoramiento.
En caso de accidente de tráfico y necesitar asesoramiento, puedes ponerte en contacto con Confía Accidentes, los mejores abogados especialistas en conseguir la máxima indemnización para valorar y ver el grado de indemnización que puedes conseguir así como los pasos a seguir. Y si tienes problemas en la universidad y necesitas mejorar tus notas, essayswriting.org te ayudará en este asunto, teniendo en cuenta tus deseos, obtendrás tu trabajo de calidad que sorprenderá a tu profesor.
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