Habitualmente los ciudadanos desconocen los derechos que asisten al lesionado en accidente de tráfico. Hemos dicho en este Blog que el sistema legal ofrece una amplia protección tanto en el ámbito sanitario como en el ámbito jurídico. En cuanto a la asistencia sanitaria, la Ley 35/2015 y la legislación complementaria reconoce que los derechos del lesionado de tráfico parten de obtener una asistencia sanitaria de calidad, a elegir el Centro Sanitario donde recuperarse de las lesiones y el derecho a consultas con los especialistas que sean necesarios para la curación. En el ámbito jurídico destaca el derecho a obtener una indemnización justa y el derecho a la asistencia jurídica gratuita para asegurar que esta indemnización sea precisamente justa.
DERECHOS DEL LESIONADO DE TRÁFICO, ASISTENCIA SANITARIA DE CALIDAD
El primero de los derechos del lesionado de tráfico, bastante desconocido a pesar de su importancia, es el de elegir libremente el Centro Sanitario donde va a recibir el tratamiento médico. Puede acudir tanto a un centro público como a uno privado. Además de la libre elección del Centro para la sanidad de las lesiones, la Ley 35/2015 incorpora entre los derechos del lesionado de tráfico la cobertura de los gastos derivados de diversos perjuicios, tales como gastos médicos futuros, nuevas rehabilitaciones o necesidad de prótesis cuando el médico determine su necesidad, así como el recambio de las prótesis implantadas.
Confía Accidentes proporciona a sus clientes un excelente servicio para ejercer su derecho como lesionado de tráfico a recibir una asistencia sanitaria de calidad. Mantenemos convenios y acuerdos con Hospitales, clínicas médicas y centros de rehabilitación que aseguran la mejor asistencia médica posible, cuyos gastos se abonan en el momento de recibir la indemnización, nunca antes. Además, ponemos a su disposición una amplia lista de peritos para la redacción de los dictámenes que resultaran necesarios para que pueda llegar a obtener la máxima indemnización posible.
LOS DERECHOS DEL LESIONADO DE TRÁFICO A PERCIBIR UNA INDEMNIZACIÓN JUSTA
La Ley 35/2015, de 22 de Septiembre reforma la valoración de los daños y perjuicios mediante un aumento notable en la protección de las víctimas respecto al sistema anterior. La cuantía de la indemnización por accidente de tráfico en caso de fallecimiento se ha incrementado hasta un 50 %, en caso de secuelas en un 35 % de media y un 12,8 % por lesiones.
La cuantía de la indemnización se calcula una vez el accidentado ha finalizado su curación. Una vez ha recibida su alta médica, resulta muy conveniente que le examine un perito médico privado para que redacte un informe. La compañía de seguros está obligada a realizar una propuesta de indemnización a la vista de todos los informes médicos que se le presenten o que crea oportuno solicitar (OFERTA MOTIVADA DE CUANTIFICACIÓN DEL DAÑO). En caso de disconformidad con la oferta de la aseguradora, el accidentado tiene derecho a solicitar a los Institutos de Medicina Legal y Ciencia Forense (IMLCF) una pericia de los daños corporales, lo cual supone dotar de mayor confianza a la valoración real del daño corporal dada la preparación y la independencia de estos Institutos Públicos.
EL DERECHO A ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
Entre los amplios derechos del lesionado de tráfico se encuentra el de obtener asistencia jurídica gratuita, pudiendo solicitar que se le nombren abogado y procurador por turno de oficio. Aunque la Ley 35/2015 no lo reconoce expresamente, el accidentado por un accidente de tráfico tiene la posibilidad de recibir una asistencia jurídica privada y también gratuita. En CONFÍA ACCIDENTES asumimos la defensa de los accidentados por circulación de vehículos sin exigir a cambio cantidad alguna. Nuestros honorarios se cobran cuando el cliente perciba su indemnización. En CONFÍA ACCIDENTES integramos los asesoramientos jurídico y sanitario, considerados como un todo, centralizando la protección integral de la persona que debe recobrar la salud y recibir una indemnización por accidente de tráfico.
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