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Peatones y Ciclistas. Reclamación, derechos y siniestralidad

Según las conclusiones un estudio de Fundación Línea Directa, en colaboración con Centro Zaragoza, en una década (desde 2007 a 2016) las muertes de usuarios vulnerables (peatones, ciclistas y motoristas) han sumado más de 10.000. De estos, la mitad (casi 5.000), fueron motoristas; unos 4.200, peatones y alrededor de 700, ciclistas.

Además, el repunte general de la siniestralidad que se vive en España en los últimos años parece haber afectado especialmente a estos usuarios. De hecho, desde 2012, la mortalidad de estos colectivos (peatones, ciclistas y motoristas) se ha incrementado en un 6% y suponen ya casi el 50% de los fallecidos en accidentes de circulación en España, 6,5 puntos más que en 2007, una muerte silenciosa de la que las campañas de concienciación no suelen hacerse eco, volcadas casi siempre en los conductores de coche y en sus accidentes.

USUARIOS MÁS VULNERABLES EN UN ACCIDENTE

Al definir el concepto de “usuarios vulnerables”, la Organización Mundial de la Salud (OMS) afirma que son todos aquellos usuarios de la vía que, en caso de accidente, “carecen de un escudo protector”, por lo que los impactos son absorbidos directamente por el cuerpo de la víctima. Como consecuencia de ello las lesiones que sufren estos colectivos suelen ser bastante graves o muy graves en algunos casos, los motoristas sufren la mayor parte de sus lesiones en todo el cuerpo y en las extremidades inferiores, Por su parte, los peatones sufren más golpes en la cabeza y en las piernas, Por último, los ciclistas reciben sufren más heridas en las extremidades inferiores y en la cabeza, lo que explica la lesión mortal más frecuente, que son los Traumatismos Craneo-encefálicos graves (TCE).

Por Comunidades Autónomas, Cataluña, Baleares y Madrid tienen los índices más altos, debido, entre otros factores, a la mayor penetración del parque motorista urbano y la mayor afluencia de peatones. En el lado opuesto se sitúan Navarra y Castilla-La Mancha, con los índices más bajos.

Una vez hecha esta introducción, nos centraremos en los derechos y en las reclamaciones que pueden efectuar estos colectivos que muchas veces por desconocimiento quedan en el limbo.

PEATONES

Como hemos comentado en el inicio cada año se producen en España más atropellos de peatones, las victimas más frecuentes sobre todo en las ciudades suelen ser las personas mayores, que en mucha ocasiones cruzan por lugares indebidos o con el semáforo en rojo, los menores que irrumpen en la calzada sin que el vehículo tenga maniobra de reacción, asimismo el nacimiento de las nuevas tecnologías han propiciado también este tipo de accidentes (uso de móviles, escuchar música con auriculares).

¿QUÉ HACER SI SUFRIMOS UN ATROPELLO?

Para que la gestión y reclamación de una persona o personas atropelladas sea lo más resolutiva posible hay que tener en cuenta lo siguiente:

  • Procurar recabar todos los datos posibles del vehículo que nos atropella: marca, modelo, Si el vehículo se diese a la fuga serán fundamentales los testimonios de los testigos que hayan presenciado el atropello.
  • Llamar a las fuerzas o cuerpos de seguridad para que se personen y puedan elaborar el correspondiente atestado o informe policial. Este atestado será fundamental a la hora de establecer la culpabilidad del siniestro en caso de discrepancia entre atropellado y compañía aseguradora, por supuesto la victima también dará su propia versión de lo ocurrido, si por la gravedad de las lesiones no lo puede hacer in situ, se le citará en las dependencias de la policía o guardia civil para que
  • Requerir la asistencia sanitaria que sea necesaria según la entidad de las lesiones; Si el atropello fuera leve y no se requiere de asistencia en el momento sí es necesario y fundamental acudir en las primeras 72 horas al médico si queremos reclamar a futuro la correspondiente indemnización.

¿CUÁNDO PUEDE UN PEATÓN RECLAMAR UNA INDEMNIZACIÓN ?

La mayoría de los atropellos son susceptibles de indemnización y la mayoría de ellos son fáciles de demostrar si bien es cierto que son muchas las circunstancias que pueden darse que lleven al conductor, y, por tanto, a su aseguradora, a negar los hechos y a discutir la responsabilidad a la hora de asumir la indemnización por atropello en un paso de peatones.

  • Si la responsabilidad es clara del conductor que atropella a un peatón la compañía aseguradora no solo se hará cargo de la asistencia sanitaria que genere dicho accidente sino que además indemnizará al lesionado /peatón con la cuantía que le corresponda según la gravedad de las mismas, el periodo de incapacidad, las posibles secuelas que le resten y los gastos
  • Si por la versión del conductor, testigos o incluso atestado se desprende que puede existir responsabilidad o culpa de la víctima/peatón se aplicará la correspondiente concurrencia de culpas a la hora de indemnizar al Esto ocurre con frecuencia en un paso de peatones regulado por semáforo, donde el contrario puede negar la culpa con el argumento de que el semáforo estaba rojo para el peatón y verde para el vehículo. Y la víctima mantiene lo contrario; O también en un paso de cebra sin semáforo, donde hay versiones contradictorias, y donde el conductor puede argumentar, por ejemplo, que el peatón cruzaba fuera del mismo, y no por él, mientras que el peatón indica que lo hacía correctamente. Esto no quiere decir que el peatón no vaya a cobrar dicha indemnización sino que esta se verá reducida en la parte proporcional a la aplicación de dicha concurrencia.
  • El último supuesto que puede ocurrir es cuando la responsabilidad sea exclusiva de la victima/peatón, lo que se denomina culpa exclusiva de la victima”, en cuyo caso la víctima no sería susceptible de recibir indemnización.

¿QUIÉN PAGA LA ASISTENCIA SANITARIA?

Las prestaciones de asistencia sanitaria a terceros no usuarios de los vehículos intervinientes ej: peatones, serán abonadas por la Entidad Aseguradora del vehículo causante material de las lesiones.

-Por ultimo La reclamación de indemnización por atropello está generalmente cubierta por el Seguro del Hogar, el cual le proporcionará la defensa jurídica precisa para este supuesto, pudiendo designar libremente a un abogado que le represente y lleve a cabo la reclamación de la correspondiente indemnización. Esta indemnización se calculará según lo establecido en el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación).

CICLISTAS

El uso de la bicicleta se ha incrementado de forma considerable en los últimos años. La utilizamos como medio de transporte, mantenernos en forma o salir a la montaña. Este aumento en el uso ha hecho que tengamos que extremar las precauciones.

Hay que indicar primeramente que en 2019 se ha vuelto a modificar el Código Penal a través de la Ley Orgánica 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, ya en vigor, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción de abandono del lugar del accidente, nuevo delito de abandono del lugar del accidente, que supone penas de dos a cuatro años de prisión si el accidente ha sido causado por una imprudencia, mientras que, en caso de no haber imprudencia, la pena es de tres a seis meses de cárcel. Esto resulta especialmente importante para los ciclistas ya que muchos atropellos en carretera quedaban impunes al abandonar el  conductor del vehículo el lugar del accidente

Los atropellos de ciclistas básicamente siguen la misma regulación que la de los peatones es decir, hay que tener en cuenta las mismas premisas y las indemnizaciones se abonarán o se reducirán de la misma manera que para un peatón con la salvedad importante que si un ciclista cruza por un paso de peatones subido a su bicicleta siempre que no sea una vía indicada para ellos y es  atropellado no tendrá prioridad ni será considerado peatón. 

Mención aparte la consideración de Motoristas, los cuales por su complejidad merecen un artículo aparte, que haremos en el próximo blog del despacho

Por todo ello es muy importante, tener en cuenta que si sufres un atropello como peatón o como ciclista debes ponerte en manos de profesionales para que podamos ayudarte y acompañarte en todo el proceso.

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