Los fallecimientos en accidentes de tráfico en España han sido uno de los principales motivos de mortalidad y, aunque todavía se produzcan bastantes, la cifra de los mismos se ha reducido considerablemente.
Cuando se produce un fallecimiento por este motivo, hecho que produce una pérdida muy importante, hay que tener en cuenta tres criterios para considerar la indemnización por fallecimiento en accidente de tráfico:
- Perjuicios patrimoniales: son reducciones del patrimonio producidas a raíz del fallecimiento, como por ejemplo, los gastos que lleva asociado el propio fallecimiento.
- Perjuicios personales particulares y excepcionales: esto hace referencia a minusvalías, pérdida de un feto o dependencia.
- Perjuicio personal básico: esto son cantidades asociadas a la pérdida que además son fijas.
¿Quién tiene derecho a percibir una indemnización por muerte en accidente de tráfico?
- Descendientes. La cantidad a percibir por parte de los hijos si los hubiera, se calculará en función de la edad de estos. En el caso de que fallezcan los hijos, la indemnización será percibida por los nietos.
- Ascendientes. La cantidad a percibir por parte de los padres del fallecido será una cuantía fija que varía dependiendo de la edad del fallecido. En el caso de que los padres falleciesen, los abuelos percibirían la indemnización.
- Cónyuge viudo. Para calcular la cuantía, existe un importe fijo hasta los 15 años de convivencia, una vez superados estos años, hay un incremento adicional por cada año.
- Hermanos. Existe una cuantía fija ya que son reconocidos como una categoría autónoma por el hecho de ser hermanos.
- Allegados. Se entiende por allegados aquellas personas que convivieron con el fallecido un mínimo de 5 años y que sean cercanas en el momento del suceso.
¿Cómo se calcula la indemnización?
Además de las indemnizaciones básicas, hay que tener en cuenta los perjuicios personales particulares, lo que se traduce en una cantidad adicional teniendo en cuenta la situación personal del familiar. Existen diferentes categorías y son las siguientes:
- Si el familiar tuviese una discapacidad física o psíquica la indemnización se incrementaría.
- La convivencia del perjudicado familiar con la víctima (se corresponde a los abuelos, hijos, progenitor, nietos y hermanos).
- El perjudicado familiar que sea único en su categoría, esto es, si solo tuviera un hijo.
- Si fallecen ambos progenitores en el accidente, se podría aumentar la cuantía hasta en un 70%.
- Por fallecimiento del hijo único, se incrementaría la indemnización a sus padres en un 25%.
- Si la víctima fallecida en el accidente estuviera embarazada con pérdida del feto.
En Confia Accidentes somos abogados expertos en indemnizaciones por fallecimiento en accidentes de tráfico, por lo que podemos ayudarte a conseguir tu indemnización.
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