indemnización seguro obligatorio

ÁMBITO TERRITORIAL Y LÍMITES EN LA CUANTÍA DE LA INDEMNIZACIÓN DEL SEGURO OBLIGATORIO

¿QUÉ TERRITORIO CUBRE EL SEGURO OBLIGATORIO DE VEHÍCULOS A MOTOR?

Según  dispone  el  artículo  4  de  la  Ley  de  responsabilidad  civil  y  seguro de   vehículos   a   motor  cuando contratamos el seguro obligatorio de un vehículo a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estamos cubriendo la responsabilidad civil de  su  conductor  por  los  daños  en  las  personas  o  en  los  bienes  por  los accidentes  de  circulación  que  se  puedan  producir  por  su  culpa  en  el  ámbito territorial:

1º)  En el territorio nacional.

2º)  En el territorio del Espacio Común Europeo

3º)  En  el  territorio  de  aquellos

Estados  asociados  adheridos  mediante          Acuerdos   con   las   oficinas   nacionales   de   seguros   de   los   Estados miembros.

LÍMITES EN LA CUANTÍA DE LA INDEMNIZACIÓN CUBIERTOS POR EL SEGURO OBLIGATORIO

El  Seguro  obligatorio  de  los  vehículos  a  motor  tiene  unos  límites  en  la cuantía máxima de la indemnización de los daños que podamos causar en los accidentes de circulación de los que seamos responsables. En el caso de daños  o  de  lesiones  a  las  personas  este  límite  cuantitativo  es  de  70  millones  de Euros  por  siniestro,  cualquiera  que  sea  el  número  de  víctimas  que  haya.  En cuanto a los daños materiales, el límite es de 15 millones por siniestro.

Teniendo  en  cuenta  que  las  cuantías  indemnizatorias  que se  suelen derivar de la mayor parte de accidentes de circulación suelen ser muy inferiores a   estos   límites   anteriores,   la   cobertura   del   seguro   obligatorio   suele   ser suficiente  para  alcanzar  todos  los  daños  personales  o  materiales  de  los  que seamos responsables como consecuencia de la circulación del vehículo.

¿QÚE OCURRE SI LOS DAÑOS CAUSADOS SON SUPERIORES A ESTAS CANTIDADES?

Sin embargo, pudiera suceder que el accidente sea de tal magnitud que los  daños  en  las  personas  o  en  los  bienes  sean  superiores  a  los 70  millones (lesiones)  o  a  los  15  millones  de  euros  (daños  materiales).  En  tal  caso,  el seguro obligatorio cubrirá el límite máximo y el resto, hasta el montante total de la  indemnización  corre  a  cargo  del  seguro  voluntario  o  del  responsable  del siniestro  en  el  caso  de  que  el  vehículo  no  tenga  contratado  un  seguro voluntario que complemente el seguro obligatorio.

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