
Indemnizaciones Baremo tráfico 2020
El baremo de accidentes de tráfico 2020 se ha incrementado un 0,90%, ya que se toma como base el índice de revalorización de las pensiones.
En base a ello, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Empresa, ha publicado la siguiente resolución por la que se hacen públicas las cuantías de las indemnizaciones del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
Tras aplicar esta subida las indemnizaciones por lesiones temporales en el baremo de tráfico de 2020, quedan de este modo:
- Día de perjuicio muy grave = 104,42€
- Día de perjuicio grave = 78,31€
- Día de perjuicio moderado = 54,30€
- Día de perjuicio básico = 31,32€
Como cada año, el resto de tablas también se incrementan en el mismo porcentaje excepto las de lucro cesante y de ayuda de tercera persona que se deben actualizar conforme a las bases actuariales
Por otro lado, el salario mínimo interprofesional este año ha subido de los 12.600,00€ anuales a los 13.300,00€, por lo que esto afecta a las siguientes partidas:
- El importe diario por lucro cesante por lesiones temporales para lesionados con dedicación exclusiva a las tareas del hogar sube a 36,44€/día.
- Los ingresos netos a considerar a la hora de calcular el lucro cesante por secuelas y fallecimiento en el caso de personas desempleadas y lesionados o fallecidos con dedicación parcial o exclusiva a las tareas del hogar.
- Indemnizaciones referidas al coste de los servicios de ayuda de tercera persona, así como al cálculo del lucro cesante por incapacidad absoluta o total de lesionados pendientes de acceder al mercado laboral
Baremo de tráfico a aplicar en el año 2020
Por su parte, el artículo 40.1 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, establece que la cuantía de la indemnización se calculará en base al baremo vigente a fecha del accidente, actualizado al año en que se determine el importe ya sea por resolución judicial o extrajudicial.
Por lo tanto, para cualquier accidente cuya indemnización se pague a partir del 1 de enero de 2020, se deberán aplicar las cantidades actualizadas a este año, independientemente de cuál sea la fecha de ocurrencia del siniestro o de la estabilización lesional.
Este suele ser un punto de conflicto con las compañías de seguros, sobre todo a primeros de año, cuando nos encontramos con muchos accidentes ocurridos en el año anterior pero que van a ser indemnizados en el año en curso y pretenden defender que el baremo a aplicar es el de la fecha del accidente.
Puedes comprobar el nuevo baremo 2021 aquí
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