La asistencia sanitaria en caso de accidente de tráfico es un derecho fundamental que toda víctima debe conocer y reclamar. En este artículo explicamos qué tipo de asistencia médica te corresponde, cómo acceder a ella y qué hacer si surgen problemas para obtenerla.
¿Qué tipo de asistencia sanitaria corresponde en caso de accidente de circulación?
Si eres víctima de un accidente de tráfico, tienes derecho a recibir la asistencia sanitaria que necesites, tanto urgente como no urgente, hasta tu total recuperación o la estabilización de tus lesiones. Una asistencia que incluye aspectos como:
- El traslado en ambulancia al centro hospitalario más cercano o al que elijas, siempre que sea posible.
- La atención médica y quirúrgica que requieras, incluyendo las pruebas diagnósticas, los tratamientos farmacológicos, las prótesis y los implantes necesarios.
- La rehabilitación física y psicológica que precises para recuperar tu salud o mejorar tu calidad de vida.
- Los servicios de enfermería, fisioterapia, logopedia, terapia ocupacional y otros que sean necesarios para tu recuperación.
El Sistema Nacional de Salud (SNS) será el encargado de prestar todas estas atenciones. O bien las entidades sanitarias concertadas con el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), que es el organismo público encargado de garantizar la cobertura sanitaria en caso de que la persona que ha provocado el accidente no tenga seguro.
Sin embargo, el coste generado por los servicios médicos en la sanidad pública no corre a cargo de la Seguridad Social, sino que son las compañías de seguros las que tendrán que abonar la factura, en función de lo establecido en el artículo 83 de la Ley General de Sanidad
¿Cómo acceder a la asistencia sanitaria por accidente de tráfico?
Para acceder a la atención sanitaria como afectado en un accidente se deben seguir los siguientes pasos:
- En primer lugar, se debe comunicar el accidente a tu compañía aseguradora o a la del vehículo responsable, si lo conoces, dentro del plazo máximo de siete días desde que ocurrió el siniestro. Si no lo haces, puedes perder el derecho a la asistencia sanitaria.
- También hay que solicitar la asistencia sanitaria al SNS o al CCS, según corresponda. Para ello, es necesario presentar el parte amistoso del accidente o el atestado policial, si lo hay, y el informe médico inicial que acredite tus lesiones. Si no se dispone de estos documentos, existe la opción de solicitar un certificado provisional al CCS que permita acceder a la asistencia sanitaria durante 72 horas.
- Por último, seguir las indicaciones médicas y acudir a las citas y revisiones programadas. Es importante guardar todos los justificantes y facturas relacionados con la asistencia sanitaria recibida, ya que servirán para reclamar una indemnización por los daños sufridos.
Convenios de asistencia sanitaria
¿Y en qué centros pueden ser tratadas las lesiones? La aseguradora ofrece la posibilidad de acudir a alguno de sus centros concertados, con cargo de la factura directamente a la compañía. Sin embargo, el afectado por un accidente de circulación puede elegir un centro sanitario diferente, en cuyo caso tendrá que hacer frente al coste de la asistencia aunque después se lo reclame al seguro.
Estos trámites pueden resultar muy engorrosos, por lo que existen distintos Convenios de Asistencia Sanitaria que facilitan las gestiones para una atención eficiente y un cobro rápido de los gastos.
Aunque los ocupantes del vehículo están cubiertos en caso de accidente, sin embargo, hay que hacer una serie de distinciones.
En primer lugar hay que tener en cuenta de quién es la culpabilidad:
- Un conductor no culpable de un accidente estará cubierto por la póliza del vehículo responsable. Puede elegir centro médico y reclamar posteriormente los gastos como se ha expuesto anteriormente.
- Si el conductor es culpable, los gastos de asistencia irán a su cargo, en tanto que al resto de afectados los cubre la entidad aseguradora.
Además, dentro de esos convenios de asistencia sanitaria entra en juego el número de vehículos implicados:
- En el caso de que solo haya un vehículo implicado, será la compañía con la que se haya firmado el seguro la que se hará cargo de la asistencia recibida independientemente de que los ocupantes con lesiones sean atendidos en un centro concertado o no.
- Con varios vehículos implicados cada póliza asume los costes de la atención sanitaria de los pasajeros del vehículo que asegura, incluido el conductor.
Además, si en el accidente de circulación se producen lesiones a terceros, ya sea un peatón o un ciclista, los gastos sanitarios serán asumidos por la aseguradora del vehículo causante o en su defecto el Consorcio de Compensación de Seguro. Lo mismo en el caso de lesiones causadas por desplazamiento de objetos materiales.
Por otra parte, los accidentes “in itinere” por trabajo están considerados como accidentes laborales, por lo que serán las mutualidades de trabajo las que asuman la factura.
¿Qué hacer si surgen problemas para obtener la asistencia sanitaria?
Puede ocurrir que surjan problemas para obtener la asistencia sanitaria en caso de accidente de tráfico. Por ejemplo, que la compañía aseguradora se niegue a reconocer el derecho a ser atendido, que el SNS o el CCS denieguen la prestación o que la calidad o la cantidad de la asistencia sanitaria sea insuficiente o inadecuada.
En estos casos, la ley está del lado de la víctima siempre que el seguro esté en regla o no se detecten indicios de fraude, por lo que es importante recibir asesoramiento legal. La mejor opción es contactar con un abogado especialista en accidentes de tráfico en busca de apoyo a la hora de reclamar la asistencia sanitaria correspondiente.
Un abogado de accidentes de tráfico podrá:
- Revisar la póliza de seguro y el parte amistoso o el atestado policial para comprobar si se cumplen los requisitos para acceder a la asistencia sanitaria.
- Presentar las reclamaciones oportunas ante la compañía aseguradora, el SNS o el CCS para exigir la prestación sanitaria.
- Negociar con las partes implicadas para conseguir una solución satisfactoria para su cliente.
- Defender los intereses de la víctima ante los tribunales si no hay acuerdo y es necesario acudir a la vía judicial.
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